batpas.eu

¿Quién es responsable del pasaporte de batería?

El fabricante asume la responsabilidad básica, el importador a menudo en la práctica

La responsabilidad del pasaporte de la batería recae fundamentalmente en el fabricante de la batería. Cuando ese fabricante no tiene establecimiento en la UE, una parte importante de esa responsabilidad se traslada al importador que comercializa la batería por primera vez en el mercado europeo. El Reglamento de baterías asigna diferentes funciones a lo que denomina "actores del mercado": el fabricante, el representante autorizado, el importador y el distribuidor. Cada función tiene sus propias obligaciones, pero la obligación más grave — garantizar que los datos correctos y actualizados figuren en el pasaporte — recae en quien fabrica realmente la batería o, si esa parte se encuentra fuera de la UE, en quien la importa. Para muchas empresas holandesas y europeas que obtienen baterías para e-bikes o patinetes de Asia, esto significa que actúan de facto como el actor del mercado responsable, aunque no hayan diseñado ni producido la batería ellos mismos. Quien solo revende baterías que ya están provistas de un pasaporte completo tiene una función más ligera: verificar que el pasaporte existe y es correcto, no compilarlo ellos mismos.

Para quién es aplicable y para quién no

Esta distribución de responsabilidades se aplica a las partes que comercializa baterías de vehículos eléctricos, baterías para vehículos de circulación sin pedales (como e-bikes y patinetes) o baterías industriales superiores a 2 kWh en el mercado europeo. Esto afecta a importadores que importan baterías o vehículos completos con batería, comerciantes de baterías que venden baterías bajo su propio nombre, y fabricantes de maquinaria que integran baterías industriales en su propio equipo. Para quien actúa únicamente como intermediario — un distribuidor que revende baterías sin modificaciones sin marca propia ni cambios — se aplica una función de control en lugar de una función compiladora. También es importante que la "comercialización" sea determinante: quien pone una batería a disposición por primera vez en la UE es quien soporta las obligaciones más graves, independientemente de quién la comercialice después en la cadena. Para los fabricantes de maquinaria que integran una batería de un tercero que ya ha elaborado un pasaporte, la responsabilidad del contenido de ese pasaporte recae en ese tercero, no automáticamente en el fabricante de maquinaria.

Obligatorio a partir del 18 de febrero de 2027

La obligación de mantener un pasaporte de batería entra en vigor el 18 de febrero de 2027. Hasta esa fecha, no existe obligación legal de tener un pasaporte, pero la preparación — poner en orden los datos sobre composición, origen y prestaciones de una batería — requiere tiempo, especialmente cuando esos datos deben provenir de un fabricante fuera de la UE. Quien comienza ahora a recopilar y estructurar estos datos no tendrá que buscarlos cuando entre en vigor la obligación.

Así lo haces como importador o comerciante

El primer paso es determinar qué función es aplicable: fabricante, importador o distribuidor. Para quien importa baterías de un fabricante fuera de la UE, el segundo paso es verificar si con ello se asume el papel de fabricante — esto es a menudo el caso cuando el fabricante original no tiene un punto de contacto en la UE. Luego sigue la recopilación de los datos de origen necesarios para el pasaporte: composición, origen de las materias primas, prestaciones y datos de uso proporcionados por el productor real. A continuación, se requiere una solución técnica para alojar el pasaporte y ponerlo a disposición a través de un código QR en la batería, como prescribe el artículo 77. Por último, es recomendable establecer dentro de la propia cadena quién desempeña cada función — por ejemplo, mediante acuerdos con proveedores — para que en caso de inspección quede claro quién es responsable de qué.

La base legal: artículo 77 y artículos 38 a 44

El artículo 77 de la Regulación (UE) 2023/1542 describe el pasaporte de batería en sí: qué debe contener, cómo debe ser accesible y el vínculo con el código QR, incluyendo la fecha en que entra en vigor esta obligación. Los artículos 38 a 44 de la misma regulación establecen las obligaciones de los diferentes operadores del mercado — fabricante, representante autorizado, importador y distribuidor — y describen cuándo un importador o distribuidor se considera equivalente a un fabricante a efectos de la regulación. Juntos, estos artículos forman la base para determinar quién es responsable de cada parte.

Quien quiera saber dónde se encuentra ahora, es mejor que comience por determinar su propio papel en la cadena — fabricante, importador o distribuidor — y desde allí verifique qué datos ya están disponibles y cuáles aún deben solicitarse a un proveedor.

En qué se basa esto

La Reglamentación está disponible en EUR-Lex. Hacemos referencias por afirmación; no tiene que creer nuestras palabras.

Lo que debe hacer concretamente

Lo que se espera de usted

La Reglamento de baterías no asigna la responsabilidad del pasaporte de batería a una única parte fija, sino al operador económico que comercializa la batería en el mercado. En la práctica, suele ser el fabricante, pero en el caso de baterías importadas ese papel se desplaza. Los artículos 38 a 44 de la Reglamento (UE) 2023/1542 (Reglamento de baterías) describen quién en la cadena tiene cuál obligación, y el artículo 77 del mismo Reglamento describe qué debe regularse específicamente para el pasaporte.

Determinar quién en su cadena es el operador económico

Antes de que algo pueda regularse, debe estar claro qué parte en la cadena se considera operador económico. No siempre es la parte que vende físicamente la batería. Para una empresa de 10 a 100 empleados que compra baterías o productos con baterías, esto significa en la práctica un breve inventario: de dónde procede la batería, quién la ha comercializado en la UE, y qué papel desempeña la propia empresa en esto. Esa distinción entre fabricante, importador y distribuidor es decisiva para el resto de las obligaciones, y se detalla en ¿qué significa el término operador económico en la legislación sobre baterías.

Determinar si es fabricante o importador

Quien comercializa baterías bajo su propio nombre en el mercado de la UE, o las importa de fuera de la UE, cae bajo uno de los papeles más exigentes del Reglamento. Para un importador de bicicletas eléctricas o patinetes con batería integrada, esto a menudo no es inmediatamente claro, porque la producción física ocurre en otro lugar pero la responsabilidad jurídica sí recae en la parte que comercializa el producto en el mercado de la UE. La consideración de qué papel es aplicable se describe en ¿soy importador o fabricante según el Reglamento de baterías.

Regular el pasaporte cuando el fabricante está fuera de la UE

Una parte considerable de las baterías y productos con baterías que se comercializan en los Países Bajos y Bélgica proceden de fabricantes establecidos fuera de la UE. En ese caso, el fabricante no puede actuar como punto de contacto dentro de la UE, y la responsabilidad de partes del pasaporte se desplaza a la parte que importa la batería aquí. Lo que esto significa concretamente para la composición y alojamiento del pasaporte se explica en mi fabricante está fuera de la Unión Europea — ¿quién regula entonces el pasaporte de batería.

Designación de un representante autorizado

Cuando un fabricante está establecido fuera de la UE y no tiene por sí mismo una parte en la UE que actúe como punto de contacto, el Reglamento prevé la figura del representante autorizado. Para empresas que hacen suministrar baterías o productos con baterías directamente desde una fábrica fuera de la UE, este es un papel que a menudo debe organizarse antes de que el pasaporte pueda componerse. Cuando esto es necesario, se detalla en cuándo debo designar un representante autorizado para baterías.

Obligaciones como distribuidor o vendedor de marca propia

También las partes que no son fabricante ni importador tienen un papel dentro del Reglamento. Un distribuidor que revende baterías sin importarlas él mismo tiene diferentes obligaciones que una empresa que comercializa baterías bajo su propio nombre mientras la producción ocurre en otro lugar. Esta última situación es frecuente en el comercio de baterías: un nombre comercial en el producto, mientras que la fabricación y la importación corren a cargo de un tercero. Las obligaciones de un distribuidor constan en ¿qué obligaciones tiene un distribuidor de baterías, y la posición de quien vende bajo marca propia en vendo baterías bajo mi propia marca — ¿qué obligaciones tengo.

Dónde falla en la práctica

Un importador de bicicletas eléctricas asume que el fabricante asiático ya ha regulado el pasaporte, porque es quien produce la célula de batería — mientras que el Reglamento asigna la responsabilidad a la parte que comercializa el producto en la UE.

Una tienda online vende scooters con batería desde su propio stock y asume que el rol de «vendedor» no conlleva obligaciones separadas, mientras que el almacenamiento tiene efectos sobre lo que debe estar regulado.

Un fabricante de máquinas ensambla una batería industrial superior a 2 kWh en un producto propio montado y asume erróneamente que solo el proveedor de baterías es responsable, mientras que su propio negocio puede adquirir un rol en la cadena por el ensamblaje.

Una empresa vende a través de un mercado online y espera que la plataforma asuma las obligaciones, mientras que la responsabilidad del pasaporte sigue siendo en principio de la parte vendedora.

Una empresa comercial coloca su propia marca en baterías compradas sin darse cuenta de que esto conlleva un conjunto de obligaciones propias, independientemente de lo que ya haya establecido el fabricante original.

Para quien vende a través de una plataforma, la distribución precisa de responsabilidades se desarrolla en qué significa la Verordnung (EU) 2023/1542 cuando vendo a través de un mercado online, y para quien mantiene stock propio en ¿qué debo organizar como tienda web si tengo baterías en stock y las vendo yo mismo.

Lo que puede documentar

  • Un resumen de la propia posición en la cadena: fabricante, importador, distribuidor o vendedor bajo marca propia, con la justificación correspondiente.
  • Correspondencia con el fabricante o proveedor sobre qué parte del pasaporte suministra cada uno.
  • Una indicación del representante autorizado, si procede, incluidos los acuerdos sobre sus tareas.
  • Los datos facilitados para el pasaporte y de quién se han recibido esos datos.
  • Acuerdos con plataformas o revendedores sobre quién elabora y gestiona el pasaporte, especialmente cuando un producto se vende a través de múltiples canales.

Esto no es asesoramiento jurídico. Esta página ofrece información general sobre la normativa que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su caso específico, consulte a un abogado o a la autoridad competente.

Escrito con IA basado en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Cuéntenos — las correcciones tienen prioridad.